El Gobierno de Santa Fe pondrá a disposición de la Justicia toda la información del caso Grávida
El Gobierno de Santa Fe, a través de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Social; el Ministerio de Salud y el Ministerio de Igualdad, Género y Diversidad, en los términos del art. 262 del Código Procesal Penal de Santa Fe y art. 263 del mismo código y en cumplimiento del Artículo 64 de la Ley Provincial N° 12.967, presentará ante la Justicia toda la información concerniente a las intervenciones en el caso de la niña de 12 años abusada en la cual se habría intentado obstaculizar una ILE por parte de personas pertenecientes a la ONG Grávida.
En el escrito, cuya publicación completa no es viable por contener información privada y que, de difundirse, sería revictimizante para la niña y su familia, sostiene: “Venimos por la presente, a poner a su conocimiento, en los términos del art. 262 del CPP de Santa Fe y art. 263 del mismo código y en cumplimiento del Artículo 64 de la Ley Provincial N° 12.967, a los efectos de que se inicie la Investigación Penal Preparatoria que permita dilucidar las correspondientes responsabilidades de quienes actuaron en los hechos que más abajo se relatan”.
En párrafos posteriores se indica que “la actuación del Estado comprendió acciones de contención y asesoramiento a la niña y a su madre, que tuvo como eje central la acción de informar acerca de las opciones legales que nuestro marco normativo prevé para los casos de embarazos producto de violaciones en niñas y adolescentes. Estrategia que se reconfiguró cuando la niña y su madre dieron su consentimiento informado para proceder a una interrupción legal del embarazo”.
En este sentido, el escrito aclara que no abordará en detalle los informes ya que serán adjuntados. Por otro lado aclara: “Nos ocupa en particular, poner en conocimiento de los órganos competentes para preparar y ejercer la acción penal la actuación de los miembros de la Asociación Civil con Personería Amigos de Grávida Santa Fe (Resolución N° 45/2015 IGPJ de Santa Fe) que, a través de distintas acciones obstaculizaron el acompañamiento estatal e impidieron el ejercicio efectivo de los derechos de la niña”.
Será una tarea del organismo competente determinar el accionar y la tipificación penal -si correspondiera- de los hechos que se introdujeron en el escrito y que obran en los relatos de todas las personas y profesionales intervinientes en dicha situación. Pero no puede escapar a la institucionalidad del Estado Provincial el accionar de personas de una asociación civil que de manera explícita se sustrae a las intervenciones legales de las agencias del Estado obstruyendo de esa manera el ejercicio de los derechos de una niña.
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